miércoles, 16 de noviembre de 2011

La ley y el pasaje al acto en Confesión econtrada en una prisión de la época de Carlos II. Comentrio de Luis Seguí

Una vertiente del drama que vive este sujeto tiene que ver con que va a morir sin haberse liberado de la culpa. Ya se apuntó algo en relación con la ley, y efectivamente, para el derecho que lo juzga hay un hecho, un culpable hay una sentencia. El derecho desconoce el inconsciente, le tiene sin cuidado, se limita a los hechos, a establecer quién es el causante de los mismos y actuar en consecuencia. Hasta ahí la parte jurídica y legal.

El drama solamente podría haber tenido una solución que el protagonista no encuentra. Se produce en el sujeto una spaltung, una disociación. Y es que, por alguna razón, no puede este hecho en su historia. Hace una serie de consideraciones sobre cómo se va formando en su cabeza el asesinato del niño, pero no lo vincula con la relación con su hermano, con lo que le pasó a su cuñada o a su propia mujer, aparece el interés material por la herencia, pero sabemos que eso no es decisivo.

Lo que surge es un pasaje al acto. Y éste, por definición, es una salida de escena, significa para el sujeto romper un status quo precipitándose en lo real. Por lo tanto, esa imposibilidad de inscribir el acto en su historia es lo que lo va a conducir a la muerte sin remisión de la culpa y sin entender por qué se ha producido ese pasaje al acto.

Luis Seguí

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